Condiciones Generales de Venta y Entrega de Bienes y Servicios

RAPS FOOD SOLUTIONS, S.L.U.

1. General

1.1 Las presentes Condiciones Generales de Venta y Suministro de Bienes y Servicios se aplicarán únicamente a todos los presupuestos y contratos de suministro de bienes y servicios de RAPS FOOD SOLUTIONS, S.L.U. (en adelante el "Vendedor" o "nosotros", etc.), incluyendo las relaciones comerciales actuales y futuras. Las variaciones del presente documento sólo serán vinculantes para nosotros cuando las hayamos acordado expresamente por escrito.
1.2 Rechazamos expresamente las condiciones generales de comercio y compra del Comprador. Sólo obligaran al Vendedor cuando se hayan aceptado expresamente por escrito.
1.3 En la medida en que en estas condiciones de venta y entrega se establezca un requisito de forma por escrito, este requisito sólo puede ser renunciado expresamente por escrito. Esta norma no es aplicable a los acuerdos paralelos que hayan sido acordados individualmente por las partes durante la celebración del contrato.


2. Presupuestos y ofertas

2.1 Nuestros presupuestos y ofertas no son vinculantes, lo que significa que podemos renunciar a cualquier oferta hasta que ésta haya sido aceptada; los presupuestos y ofertas están sujetos a la venta previa.
2.2 Nuestro servicio de ventas no está autorizado a realizar acuerdos de ningún tipo. Dichos acuerdos requieren nuestra confirmación por escrito para ser válidos.
2.3 Los ejemplares y las muestras se considerarán como piezas de inspección y modelo aproximadas en cuanto a calidad, dimensiones, color, embalaje y presentación. Estas propiedades, debido a las variaciones naturales, no estarán garantizadas y las propiedades pueden diferir ligeramente. El Comprador deberá demostrar que el producto recibido no sirve para los fines acordados o comunes en el tráfico.


3. Precios

3.1 Los precios indicados por nosotros, EXW/Ex Works Incoterms 2020 (fábrica o almacén), incluyen el embalaje, pero excluyen el impuesto sobre el valor añadido aplicable para la correspondiente divisa
3.2 Las cajas de rejilla o celosía, los contenedores o los embalajes de transporte similares (contenedores retornables) suministrados en condición de préstamo son propiedad del Vendedor y deberán ser devueltos al Vendedor en buen estado y por cuenta y riesgo del Comprador en un plazo razonable después de la entrega. El Comprador será responsable de cualquier daño o pérdida del contenedor retornable. No proceder con la devolución del contenedor retornable implica la compensación por el Comprador sobre el valor del contenedor retornable.


4. Condiciones de pago

4.1 Los importes facturados vencerán en un plazo de 30 días a partir de su emisión por el Vendedor, en la divisa facturada sin deducciones. La falta de pago después de los 30 días estipulados dará lugar al devengo de intereses de demora.
4.2 Las reclamaciones relacionadas con las facturas deberán transmitirse inmediatamente por escrito. La factura se considerará aceptada si el Comprador no se opone a ella en el plazo de 30 días a partir de la fecha de emisión de la factura. El Vendedor incluirá dicha estipulación en cada factura por separado. El plazo de pago acordado se inicia a partir de la fecha de la factura (emisión).
4.3 Si el Comprador es un empresario, se excluye cualquier derecho a rechazar las entregas del Comprador después de la inspección de los productos con la conformidad del Comprador. Si la venta se realiza sobre muestras o sobre la base de una calidad conocida en el comercio, el comprador no podrá negarse a recibir los productos si son conformes a las muestras o a la calidad especificada en el contrato (artículo 327 del Código de Comercio español). En caso de que el comprador se niegue a recibir la entrega, el Vendedor nombrará un perito que decidirá si la mercancía es o no exigible. Los costes del perito correrán a cargo de la parte que no haya cumplido con sus obligaciones (la parte que se haya negado erróneamente a recibir la entrega o la parte que haya entregado la mercancía de una calidad diferente).
4.4 El Comprador podrá compensar cualquiera de sus reclamaciones con las del Vendedor si las reclamaciones del comprador no se encuentran en litigio o discusión o han sido confirmadas por un tribunal. De acuerdo con el apartado 5 del artículo 1196 del Código Civil, dicha compensación de créditos no podrá tener lugar si alguno de los créditos está sujeto a alguna retención o disputa promovida por terceros y que haya sido notificada oportunamente al deudor correspondiente.
4.5 Las bonificaciones o reembolsos sólo se abonarán al Comprador si el propio Vendedor no tiene reclamaciones pendientes contra el Comprador. Dichas reclamaciones pendientes se compensarán.


5. Plazo de entrega y entrega

5.1 El plazo de entrega comenzará el día de confirmación de pedido por parte del Vendedor. Los plazos de entrega se establecerán en las condiciones específicas para cada cliente y serán confirmados por el Vendedor previamente.
5.2 El Comprador no podrá rechazar la aceptación de la entrega por defectos insignificantes.
5.3 Debido a las variaciones naturales de la mercancía, las cantidades acordadas son cantidades aproximadas que dan derecho al Vendedor a entregar mercancías hasta un 10% por debajo o por encima de la cantidad acordada. El peso en el momento de la entrega será determinante. En caso de pérdida de peso durante el transporte, el vendedor sólo será responsable según la cláusula 6.9.
5.4 Los casos de fuerza mayor eximen al Vendedor de la obligación de entrega a tiempo según los plazos de entrega. Si el Vendedor y el Comprador no pueden acordar una nueva fecha de entrega, el Comprador podrá ejercitar sus derechos legales. Lo mismo aplicará cuando cualquier evento de fuerza mayor ocurra con cualquiera de los sub-proveedores del Vendedor. En cualquiera de estos casos, el Vendedor tiene derecho a rescindir el acuerdo.
5.5 Las entregas se realizarán EXW/Ex Works Incoterms 2020 (fábrica o almacén). Si el contrato ha sido suscrito por un Comprador que no es consumidor, cualquier riesgo se transferirá al Comprador en el momento de la entrega al agente de transporte o al transportista, como máximo, en el momento cuando las mercancías salgan del almacén.


6. Garantía, notificación de defectos, reclamación de daños

6.1 Las declaraciones sobre la conformidad de la mercancía con las disposiciones de cualquier naturaleza y las recomendaciones de la mercancía dadas por el Vendedor o sus agentes, así como las descripciones del producto del Vendedor o del fabricante no representan una garantía.
6.2 No resulta posible realizar reclamaciones por defectos por variaciones insignificantes de la calidad/textura acordada o por una pérdida habitual.
6.3 Al adherirse a las presentes condiciones generales, el Comprador acepta expresamente renunciar a los derechos de reclamación contra el Vendedor y de evicción de acuerdo con el artículo 345 del Código de Comercio, siendo cualquier garantía ofrecida en estas condiciones generales voluntarias por parte del Vendedor. El Comprador, si en el momento de la recepción de la mercancía la examina a su satisfacción, no tendrá ningún derecho de acción contra el Vendedor alegando vicio o defecto de cantidad o calidad en la mercancía (artículo 336 del Código de Comercio). Si no lo hace, el Comprador debe notificar al Vendedor cualquier defecto enviando una reclamación de defectos por escrito dentro de 10 días al Vendedor, después de que el Comprador haya recibido las mercancías en el lugar de entrega acordado. Los defectos ocultos sólo pueden reclamarse en un plazo de 30 días después de su entrega, de lo contrario el Comprador perderá cualquier reclamación contra el Vendedor (artículo 342 del Código de Comercio).
6.4 Si la mercancía defectuosa ha sido reclamada de acuerdo con el artículo anterior, el Comprador podrá optar por la rescisión contractual o por el cumplimiento de las obligaciones según lo acordado, (artículo 336 del Código de Comercio), siempre y cuando el motivo del incumplimiento ya se haya dado en el momento en que el riesgo transmitió al Comprador.
6.5 Si el contrato se ha celebrado con un empresario, el Vendedor podrá, a su discreción, en lugar de la reparación o la nueva entrega, aportar el valor reducido.
6.6 Si la reparación o la nueva entrega fallan, el Comprador - independientemente de las reclamaciones por daños y perjuicios de acuerdo con la cláusula 6.9 - podrá rescindir el contacto o reducir el precio de compra.
6.7 Queda excluida cualquier otra reclamación por parte del Comprador.
6.8 Sólo se aceptará la devolución de los bienes entregados si dicha devolución se basa en un ejercicio legítimo de los derechos de garantía que dan derecho a la devolución de los bienes. La mercancía devuelta deberá estar - a pesar del defecto alegado - sin ningún otro daño y el plazo hasta la expiración de la "fecha de consumo preferente" no será, por regla general, inferior a cuatro meses. La cláusula anterior no se aplicará si dicha cláusula conduce a una reducción ilegal del plazo de prescripción.
6.9 Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios del Comprador, independientemente del motivo legal. Esto no se aplicará (a) en la medida en que exista responsabilidad obligatoria, por ejemplo, de acuerdo con la ley de responsabilidad del producto, (b) en los casos de dolo o negligencia grave, (c) como resultado de lesiones a la vida, el cuerpo o la salud o (d) debido a la violación de tales deberes, cuyo cumplimiento permite la ejecución del contrato en primer lugar y de cuyo cumplimiento puede depender regularmente la parte contractual (deberes contractuales principales). No obstante, la reclamación de daños y perjuicios por el incumplimiento de las obligaciones contractuales principales se limita a los daños previsibles y típicos del contrato, siempre y cuando no se trate de un caso de dolo o negligencia grave, o exista responsabilidad por daños a la vida, el cuerpo o la salud. Una modificación de la carga de la prueba en perjuicio del comprador no está vinculada a las normas anteriores.
6.10 El Vendedor no está obligado a averiguar si las mercancías vendidas por el Vendedor no están sujetas a derechos de protección de terceros en el extranjero, ni a garantizarlo. Si el Comprador exporta las mercancías vendidas por el Vendedor a territorios fuera de España, el Vendedor no podrá ser considerado responsable en caso de que los productos del Vendedor violen derechos de protección de terceros, a menos que el acuerdo de compra establezca expresamente que las mercancías serán exportadas por el Comprador a países específicos. El Comprador deberá reembolsar al Vendedor los daños y perjuicios del Vendedor causados por la exportación de mercancías que no fueron entregadas con fines de exportación.
6.11 Las reclamaciones por defectos de la mercancía entregada y las reclamaciones por daños y perjuicios por otros motivos legales prescribirán a los 6 meses de la fecha de inicio de la prescripción legal. Este plazo no se aplicará cuando la ley prescriba obligatoriamente otros plazos, por ejemplo, en el caso de las reclamaciones por daños según la ley de responsabilidad por productos y los casos de responsabilidad obligatoria indicados en la cláusula 6.9. A diferencia de las estipulaciones anteriores, las reclamaciones de garantía de los consumidores prescribirán dentro de los plazos legales de la ley de prescripción aplicable.


7. Reserva de dominio

7.1 Hasta que se haya pagado la totalidad del precio de compra de los bienes entregados, el Vendedor seguirá siendo propietario de los bienes vendidos. Frente a los empresarios como partes de la relación contractual, el Vendedor seguirá siendo propietario de la mercancía vendida hasta que el Comprador haya pagado íntegramente todas las deudas pendientes, incluso si se derivan de otras entregas del Vendedor al Comprador. Los bienes cuya propiedad aún no se ha transferido al Comprador de acuerdo con las estipulaciones anteriores se denominan en lo sucesivo "Bienes Reservados".
7.2 Si el Bien Reservado es transformado por el Comprador en un nuevo bien mueble, el nuevo bien mueble pasará a ser propiedad del Vendedor. Si el Comprador procesa los Bienes Reservados junto con otros bienes que no son propiedad del Vendedor, el Vendedor adquirirá la copropiedad del nuevo artículo de acuerdo con la proporción de los Bienes Reservados con respecto a los otros bienes en el momento del procesamiento.
7.3 El Comprador tendrá derecho a vender los Bienes Reservados en el curso normal de sus negocios. El Comprador cede expresamente todas las reclamaciones futuras derivadas de la venta de los Bienes Reservados a sus clientes por el importe de la deuda del precio de compra aún pendiente de pago. El Comprador deberá revelar los nombres de sus clientes cuando se le solicite.
7.4 El Comprador está obligado a notificarnos inmediatamente cualquier acceso de terceros a los Bienes Reservados.


8. Condiciones adicionales de venta y entrega de envolturas/cobertura para salchichas

8.1. El Vendedor utiliza envolturas para salchichas de fabricantes de renombre. Sólo se asume garantía por las coberturas de salchicha en la medida en que el Vendedor tenga derecho a reclamaciones legales de garantía contra el respectivo fabricante y sólo dentro de los plazos legalmente aplicables. Queda expresamente excluida toda responsabilidad adicional.
8.2. Los motivos de impresión diseñados por nosotros o por un miembro del Grupo Raps son nuestra propiedad intelectual y requieren de nuestro consentimiento por escrito para su uso por parte del Comprador o de terceras partes. Si los documentos de impresión han sido proporcionados por el Comprador o si se deben cumplir con las especificaciones comunicadas por el Comprador, no resultaremos responsables de las infracciones de los derechos de terceros o en el caso de una violación de las regulaciones de la ley de alimentos debido al diseño del motivo o del texto; el Comprador deberá mantener al Vendedor indemne por las reclamaciones correspondientes.
8.3. Las coberturas de salchicha impresas o confeccionadas como pedidos especiales, es decir, pedidos realizados según las especificaciones del cliente, no pueden ser devueltas ni cambiadas, excepto en el caso de defectos de calidad justificados. En el caso de los pedidos especiales, no se pueden notificar los defectos para los rechazos de hasta el 3%. Las ligeras desviaciones de color respecto a los diseños son posibles y no resultan inusuales, por lo que se excluye la reclamación por defectos en este sentido. En el caso de pedidos especiales, el Comprador se compromete a aceptar entregas parciales. Debido a las desviaciones naturales, el pedido también se considerará cumplido en el caso de que las cantidades sean inferiores o excesivas hasta un 15%.


9. Lugar de cumplimiento y jurisdicción

9.1 El lugar de cumplimiento de las obligaciones contractuales de ambas partes y la jurisdicción exclusiva para todos los litigios derivados y relacionados con las relaciones contractuales, son la sede del Vendedor si el Comprador es un empresario; frente a los consumidores como clientes se aplican las normas legales.
9.2 El vendedor también puede demandar al Comprador en su domicilio social. Frente a los consumidores como clientes se aplican las disposiciones legales.


10. Disposiciones finales

10.1 Las relaciones contractuales entre el Comprador y el Vendedor están sujetas al derecho español con exclusión de la convención sobre los contratos de compraventa internacional de mercancías (CISG).
10.2 En caso de que estas disposiciones sean inválidas en parte o contengan lagunas, la validez de las disposiciones restantes no se verá afectada por ello.


Estado: Diciembre 2021


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